¿Has perdido puntos del carnet de conducir? ¿No sabes cómo funciona, cómo se ganan o pierden puntos? En este post te explicamos todo de una forma muy sencilla.
El sistema de asignación y recuperación de puntos del permiso de conducir está dividido en períodos de recuperación y adición de puntos, distribuidos en tramos de 8, 12 y 15 puntos respectivamente.
Cuando un conductor recupera su permiso después de completar con éxito el curso de reeducación y sensibilización vial, comienza con un saldo de 8 puntos. Este saldo se incrementa en cuatro puntos después de dos años sin cometer infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
Los conductores que mantienen la totalidad de sus puntos al no recibir sanciones administrativas firme obtienen bonificaciones adicionales. Durante los primeros tres años, recibirán dos puntos de bonificación, seguidos de un punto adicional durante los tres años siguientes. Esto les permite acumular hasta un máximo de quince puntos en lugar de los doce iniciales.
Los plazos y tiempos de espera para realizar el curso y el examen varían según las circunstancias. Por ejemplo, un titular de permiso no puede obtener una nueva autorización hasta que hayan transcurrido seis meses desde que se le notificó la pérdida de vigencia. Sin embargo, para conductores profesionales, este plazo se reduce a tres meses.
Si el titular de una nueva autorización pierde nuevamente todos sus puntos asignados en los tres años siguientes, el período de espera para obtener una nueva autorización se extiende. Además, quienes no superen la prueba en la primera convocatoria pueden presentarse nuevamente hasta en dos ocasiones, pero deberán completar un ciclo formativo de cuatro horas antes de cada intento.
Si se agotan las tres convocatorias sin éxito, se requerirá realizar un nuevo curso y superar la prueba de control de conocimientos para obtener una nueva autorización administrativa para conducir.
En cuanto a los tiempos de prescripción de las sanciones, las pérdidas máximas de puntos se prescriben en tres meses si son leves y en seis meses si son graves o muy graves. Cualquier acto administrativo relacionado con la sanción interrumpe este plazo de prescripción.
Las fuentes citadas para esta información son la Orden INT/2596/2005, el Real Decreto 818/2009 y el Real Decreto Legislativo 6/2015. Estas normativas regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial, el reglamento general de conductores y la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, respectivamente.
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